RESICO vs Sueldos y Salarios: ¿Qué me conviene si tengo un segundo ingreso?


Muchos trabajadores formales mexicanos llegan a un punto donde su talento los obliga a monetizar por fuera. Puede ser un canal de YouTube, la venta de pasteles los fines de semana o ser consultor independiente en sus horas libres (Side hustle).

La primera pregunta existencial contable que vas a enfrentar entonces es: “Si ya pago el rudo impuesto (ISR) que me quitan en la nómina, ¿tengo que darme de alta en el SAT por esto extra? ¿Voy a perder todo en impuestos dobles?”

Afortunadamente para ti, la llegada de un régimen hiper-benévolo hace años revolucionó el mercado: el famoso Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas. Vamos a comparar este régimen glorioso frente al de asalariados con el que ya vives, y por qué convivir con ambos es la decisión maestra del milenio tributario (2026).

El Problema del Régimen de Sueldos y Salarios

Como hemos visto en nuestra biblioteca de ayuda, el patrón bajo el esquema de sueldos está atado a las tablas de tarifas progresivas de ISR.

La naturaleza progresiva dicta que, entre más te suban tu salario bruto al año (digamos que estás ganando cerca de $35,000 mensuales extra ahora por tu ascenso), el SAT comenzará rápidamente a quitarte hasta el 20%, el 30%, escalando absurdamente hasta el 35% de tus percepciones en una retención forzosa por cada peso adicional. Es altamente gravoso.

  • Si de repente quisieras empezar un negocio pequeño adicional bajo un esquema similar de “Múltiples Patrones” o “Actividad Empresarial” tradicional… tus impuestos por todo el conjunto subirían a la luna en tu declaración anual.

Esta triste realidad se frena en seco si integras de manera dual al RESICO a tu estrategia financiera.

RESICO: El Salvador del Emprendedor.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es literalmente lo que su nombre describe. Para incentivar dejar la informalidad (pagos por debajo de la mesa en efectivo sin factura), el SAT les ofrece una tasa ridículamente pequeña.

Si te das de alta en el RESICO para tus actividades independientes por fuera o venta de mercancía, tus pagos de impuestos sobre la renta (ISR) estarán en un tope insuperable máximo de 1% al 2.5% dependiendo lo que factures.

Ese no es un error de lectura: Mientras a un asalariado le arrancan el 28% de su nómina, un empresario RESICO que facture $200,000 mil pesos libres brutos en un mes por internet, solo tiene que regresarle al estado un modesto 1.5% a 2% (Unos $4,000 mil pesitos).

La Magia: “La Convivencia”

Lo mejor que dicta la ley es que el régimen de RESICO puede convivir pacíficamente simultáneamente (Compatibilidad Legal) con el de Asalariado.

Si tú tienes un trabajo corporativo de 9 a 5 (Sueldos y Salarios), y al salir llegas a tu casa y empiezas a vender galletas orgánicas o cursos virtuales facturados, el SAT y las reglas 2026 te permiten seguir operando en ambos carriles (siempre que la suma total anual bruta de ambos en conjunto no exceda temporalmente los 3.5 millones de pesos).

Las Grandes Ventajas y Limitaciones

  • A favor: Tu emprendimiento pagará cacahuates en impuestos porcentualmente directos. Al emitir tus facturas solo te preocuparás por el IVA, mientras tu sueldo formal lo sigue arreglando con el RR.HH. de tu empresa.
  • En Contra: Al unirte a RESICO, Dile adiós a casi todas tus deducciones personales en la Declaración Anual. No más saldos súper grandes por pagos de hipotecas, pues al pagar porcentajes tan bajos, el estado te quita las recompensas extra.

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